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El término “cobertura” se puede aplicar tanto al mundo del seguro como a de las telecomunicaciones, teniendo en ambos casos un significado, similar, de “alcance”.
Cobertura de un seguro
En materia de seguros, la cobertura de un seguro es el riesgo que cubre la póliza contratada, con todas sus limitaciones, delimitaciones y exclusiones.
Una vez que se ha firmado el contrato de seguro y se ha desembolsado la prima (el precio del seguro), se dice coloquialmente, que estamos «cubiertos» de la ocurrencia del riesgo por y para el que nos aseguramos.
Es muy importante para los consumidores a la hora de contratar un seguro conocer el alcance del riesgo cubierto (su cobertura), y entender los riesgos que tenemos cubiertos y los que no, siendo conscientes de ambas cosas.
Ley nº 29946 del Contrato de Seguro
En la Ley nº 29946 del Contrato de Seguro (ver PDF) se define el contrato de seguros así en su artículo 1:
El contrato de seguro es aquel por el que el asegurador se obliga, mediante el cobro de una prima y para el caso de que se produzca el evento cuyo riesgo es objeto de cobertura, a indemnizar dentro de los límites pactados el daño producido al asegurado o a satisfacer un capital, una renta u otras prestaciones convenidas.
Y define este concepto en su artículo segundo, que dice así:
Artículo 2. Cobertura
El contrato de seguro cubre cualquier riesgo siempre que al tiempo de su celebración exista un interés asegurable actual o contingente.
Por su parte, el artículo 21 sobre suspensión de la cobertura si el usuario deja de pagar la prima, dice:
Artículo 21. Suspensión de la cobertura por incumplimiento de pago
El incumplimiento de pago establecido en el Convenio de Pago origina la suspensión automática de la cobertura del seguro una vez transcurridos treinta (30) días desde la fecha de vencimiento de la obligación, siempre y cuando no se haya convenido un plazo adicional para el pago. Para tal efecto, el asegurador deberá comunicar de manera cierta al asegurado a través de los medios y en la dirección previamente acordada, el incumplimiento del pago de la prima y sus consecuencias, así como indicar el plazo de que dispone para pagar antes de la suspensión de la cobertura del seguro.
El asegurador no es responsable por los siniestros ocurridos durante el período en que la cobertura se mantiene suspendida.
La suspensión de cobertura no es aplicable en los casos en que el contratante ha pagado, proporcionalmente, una prima igual o mayor al período corrido del contrato.
Si el asegurador no reclama el pago de la prima dentro de los noventa (90) días siguientes al vencimiento del plazo, se entiende que el contrato queda extinguido.
Cobertura de una comunicación
En materia de telecomunicaciones, y en particular en el ámbito de la telefonía móvil, la cobertura es el espacio geográfico en el que puede recibirse la señal del móvil de un operador telefónico concreto.
Al encenderlo, el teléfono móvil entra en comunicación con la red de un operador telefónico a través de la estación base (o antena) más cercana y se activan los servicios contratados.
Las principales compañías telefónicas (Claro, Entel, Win, Movistar, Vodafone, Yoigo, etc.) incluyen un mapa de cobertura en su web.
Cobertura de una campaña de publicidad
En el campo del marketing, la cobertura o alcance se refiere al número total de personas expuestas a una campaña de comunicación en un medio de difusión.
Es decir, el número de personas que han podido ver o escuchar una campaña en la TV, radio, etc.. O porcentaje de personas a las que se dirige un mensaje publicitario de un producto y que son impactadas al menos una vez por la campaña publicitaria.