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El cannabis medicinal es un recurso cada vez más demandado por las personas para combatir situaciones de dolor, estrés, insomnio crónicos. El cannabidiol (más conocido por sus siglas CBD) es una sustancia obtenida de la planta del cannabis con, entre otras, propiedades antinflamatorias. Cada vez es más frecuente encontrarlo en una presentación de aceite curativo para dolores articulares en nuestras farmacias y boticas.
En este post repasamos qué dice la Ley en el Perú sobre el cannabis medicinal, quién lo puede consumir y dónde adquirirlo.
El cannabis
El cannabis se define como “sumidades floridas o con fruto de la planta de cannabis (a excepción de las semillas y las hojas no adheridas a las flores) de los que no se haya extraído resina”.
Hay dos tipos de cannabis, el psicoactivo y el no psicoactivo:
Cannabis psicoactivo
Es el que tiene un contenido de tetrahidrocannabinol (THC) igual o superior al 1 por ciento en peso seco y se utiliza con fines medicinales y terapéuticos.
Cannabis no psicoactivo
Es el que tiene un contenido de THC inferior al 1 por ciento en peso seco y se utiliza con fines medicinales y terapéuticos (cannabis medicinal).
La diferencia entre uno y otro tipo de cannabis está en que el segundo no altera las funciones cerebrales (no tiene efecto psicoactivos).
Cannabidiol
El cannabidiol (CBD) es uno de los componentes de la planta del cáñamo (de la que se obtiene la marihuana). Actúa sobre el sistema nervioso central del organismo por medio de los receptores cannabinoides por lo que puede ser utilizado con fines terapéuticos.
De hecho, está demostrada su eficacia en cuadros de dolor, ansiedad o insomnio gracias a su efecto analgésico, antiinflamatorio, antipsicótico y ansiolítico.
Asimismo, actúa como antiemético natural y cumple una importante función neuroprotectora.
El cannabis
El cannabis se define como “sumidades floridas o con fruto de la planta de cannabis (a excepción de las semillas y las hojas no adheridas a las flores) de los que no se haya extraído resina”.
Hay dos tipos de cannabis, el psicoactivo y el no psicoactivo:
Cannabis psicoactivo
Es el que tiene un contenido de tetrahidrocannabinol (THC) igual o superior al 1 por ciento en peso seco y se utiliza con fines medicinales y terapéuticos.
Cannabis no psicoactivo
Es el que tiene un contenido de THC inferior al 1 por ciento en peso seco y se utiliza con fines medicinales y terapéuticos (cannabis medicinal).
La diferencia entre uno y otro tipo de cannabis está en que el segundo no altera las funciones cerebrales (no tiene efecto psicoactivos).
Cannabidiol
El cannabidiol (CBD) es uno de los componentes de la planta del cáñamo (de la que se obtiene la marihuana). Actúa sobre el sistema nervioso central del organismo por medio de los receptores cannabinoides por lo que puede ser utilizado con fines terapéuticos.
De hecho, está demostrada su eficacia en cuadros de dolor, ansiedad o insomnio gracias a su efecto analgésico, antiinflamatorio, antipsicótico y ansiolítico.
Asimismo, actúa como antiemético natural y cumple una importante función neuroprotectora.
Qué productos de cannabis medicinal están autorizados
Como recuerda la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas (DIGEMID) en el Perú sólo están legalmente autorizados los siguientes productos con derivados de cannabis para uso medicinal y terapéutico:
- Productos farmacéuticos con derivados del cannabis que cuenten con registro sanitario vigente otorgado por la DIGEMID.
- Productos derivados del cannabis con autorización de importación excepcional para tratamiento individual.
- Preparados farmacéuticos (Fórmulas magistrales) derivados de cannabis para uso medicinal para tratamiento individualizado, elaborados por el profesional químico farmacéutico en una botica, farmacia o farmacia de un establecimiento de salud con licencia otorgada por la autoridad competente, elaborados contra la presentación de la receta médica correspondiente.
Dónde se puede comprar estos productos
Como se puede entender de las anteriores limitaciones legales, estos productos deben ser adquiridos en farmacias y boticas que cuenten con licencia para la comercialización de derivados de cannabis.
A fecha de este post hay unas 70 boticas autorizadas a distribuir estos productos farmacéuticos.
No está autorizada la comercialización para el caso de la producción artesanal con cultivo asociativo, por ser ésta de exclusivo beneficio de los pacientes calificados por su médico tratante que pertenecen a la asociación.
Normativa relacionada
Es normativa que regula el uso medicinal y terapéutico del cannabis y sus derivados en el Perú:
- Decreto Supremo N.° 004-2023-SA que aprueba el Reglamento que regula el uso medicinal y terapéutico del cannabis y derivados (28 febrero 2023).
- Ley Nº 31312 que incorpora y modifica artículos da la Ley 30681 que regula el uso medicinal y terapéutico del cannabis y sus derivados (16 julio 2021) (Ver PDF).
- Ley N.º 30681 que regula el uso medicinal y terapéutico del cannabis y sus derivados (26 octubre 2017) (Ver PDF).