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En este post analizamos el artículo 52 de la Ley 29571 Código de protección y defensa del consumidor peruano.
Este artículo del Código de protección y defensa del consumidor forma parte de los 4 artículos que se dedican a las cláusulas abusivas (artículos 49 al 52, ambos inclusive).
Si el artículo 49 define qué se entiende por cláusula abusiva, el 50 da ejemplos de cláusulas abusivas de ineficacia absoluta. Por su parte el artículo 51 entra en la definición y da ejemplos de las cláusulas abusivas de ineficacia relativa, que son aquellas que no son enteramente abusivas (como las absolutas).
Y este artículo 52 viene a decir que las cláusulas abusivas ineficaces (las absolutas y las relativas) son inaplicables a efectos administrativos.
Es decir que son cláusulas que hay que tener como no puestas a la hora de valorar una queja o reclamo por parte del consumidor.
Pero además matiza que esa inaplicabilidad administrativa no impide que por parte de los tribunales de justicia o de un tribunal arbitral de consumo se valoren los perjuicios causados por una cláusula abusiva sobre el consumidor.
Artículo 52 del Código de protección y defensa del consumidor
El artículo 52 del Código de protección y defensa del consumidor de Perú está dentro del Título segundo de esta, dedicado a los «contratos».
Este artículo 52 de la Ley 29571 dice así literalmente:
Artículo 52.- Inaplicación de las cláusulas abusivas
52.1 Las cláusulas abusivas ineficaces a que se refiere el presente Código son inaplicadas por la autoridad administrativa.
52.2 El ejercicio de esta facultad por la autoridad administrativa se hace efectivo sin perjuicio de las decisiones que sobre el particular pueden ser adoptadas en el ámbito jurisdiccional o arbitral, según fuese el caso.
Título segundo del Código de protección y defensa del consumidor
El Titulo II (Contratos) comprende los artículos a lo largo de los siguientes capítulos:
- Capítulo III Aprobación administrativa (artículos 53, 54 y 55).
Normativa estatal de protección de los consumidores peruanos
La principal norma de defensa de los consumidores y usuarios es:
- La Ley 29571 del Código de protección y defensa del consumidor, de 1 de septiembre de 2010 (ver PDF).
- La Constitución Política del Perú (ver PDF). Su artículo 65 define los derechos de los consumidores y usuarios.