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En este post analizamos el artículo 45 de la Ley 29571 Código de protección y defensa del consumidor peruano.
Este artículo del Código de protección y defensa del consumidor define lo que se entiende como contrato de consumo, que no es más que la relación jurídica que vincula a un proveedor con un consumidor.
Esa relación se sustenta en el interés por parte del consumidor en obtener del proveedor un bien o un servicio, a cambio de un precio (contraprestación económica).
El consumidor tiene derecho a que ese contrato que realice con el proveedor sea equilibrado. Ya se materialice en un acuerdo verbal (pedir una barra de pan y pagar) o por escrito (firmar un contrato de Internet ADSL), el consumidor tiene derecho a recibir un justificante de la compra (recibo o factura).
Artículo 45 del Código de protección y defensa del consumidor
El artículo 45 del Código de protección y defensa del consumidor de Perú está dentro del Título segundo de esta, dedicado a los «contratos». En concreto, habla del “contrato de consumo”.
Este artículo 45 de la Ley 29571 define el contrato de consumo así:
Artículo 45.- Contrato de consumo
El contrato de consumo tiene como objeto una relación jurídica patrimonial en la cual intervienen un consumidor y un proveedor para la adquisición de productos o servicios a cambio de una contraprestación económica.
Las disposiciones del presente capítulo son aplicables a todos los contratos de consumo, sean celebrados por cualquier modalidad o forma, según la naturaleza y alcances correspondientes.
En todo lo no previsto por el presente Código o en las leyes especiales, son de aplicación las normas del Código Civil en cuanto resulten compatibles con la naturaleza de estos contratos.
Título segundo del Código de protección y defensa del consumidor
El Titulo II (Contratos) comprende los artículos a lo largo de los siguientes capítulos:
- Capítulo II Cláusulas abusivas (artículos 49, 50, 51 y 52).
- Capítulo III Aprobación administrativa (artículos 53, 54 y 55).
Normativa estatal de protección de los consumidores peruanos
La principal norma de defensa de los consumidores y usuarios es:
- La Ley 29571 del Código de protección y defensa del consumidor, de 1 de septiembre de 2010 (ver PDF).
- La Constitución Política del Perú (ver PDF). Su artículo 65 define los derechos de los consumidores y usuarios.