Artículo 43 de la Ley 29571 Código de protección y defensa del consumidor

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En este post analizamos el artículo 43 de la Ley 29571 Código de protección y defensa del consumidor peruano.

Este artículo del Código de protección y defensa del consumidor obliga a los bancos y demás entidades financieras prestamistas a entregar a sus clientes que hayan reembolsado íntegramente un préstamo o cancelado un crédito, un certificado por escrito y gratuito de haber cancelado su deuda y quedar liberado de pagar más.

Con este crédito, el consumidor podrá dirigirse a las centrales de riesgo privadas y comprobar que, máximo 5 días más tarde, no consta como deudor en ningún banco de datos de empresas como Xchange Equifax (antigua Infocorp), Sentinel y Datacrédito.

Artículo 43 del Código de protección y defensa del consumidor

El artículo 43 del Código de protección y defensa del consumidor de Perú está dentro del Título primero de esta, dedicado a los «derechos de los consumidores» y a la «relación consumidor-proveedor».

Se trata de un artículo del Código de protección y defensa del consumidor que se inscribe dentro del grupo de artículos del Código dedicados a la protección de nuestros intereses económicos y sociales (artículos 38 al 44).

Este artículo 43 de la Ley 29571 dice así literalmente:

Artículo 43.- Constancia de cancelación de créditos

Cuando los consumidores cancelan íntegramente una obligación en cualquier entidad financiera o de crédito, tienen derecho a obtener, a su solicitud, una constancia de cancelación en forma gratuita otorgada por dicha entidad.

Título primero del Código de protección y defensa del consumidor

Comprende los artículos a lo largo de los siguientes capítulos:

  • Capítulo I Derechos de los consumidores (artículo 1).
  • Capítulo II Información a los consumidores.
    • Subcapítulo I Información en general (artículos 2345678910 y 11).
    • Subcapítulo II Protección del consumidor frente a la publicidad (artículos 1213141516 y 17).
  • Capítulo III Idoneidad de los productos y servicios (artículos 181920212223 y 24).
  • Capítulo IV Salud y seguridad de los consumidores.
    • Subcapítulo I Protección a la salud y seguridad de los consumidores (artículos 25, 27, 28 y 29).
    • Subcapítulo II Protección de los consumidores en los alimentos (artículos 30, 31, 32, 33, 34, 35, 36 y 37).
  • Capítulo V Protección de los intereses sociales y económicos (artículos 38, 39, 40, 41, 42, 43 que hemos visto en este post y 44).

Normativa estatal de protección de los consumidores peruanos

La principal norma de defensa de los consumidores y usuarios es:

  • La Ley 29571 del Código de protección y defensa del consumidor, de 1 de septiembre de 2010 (ver PDF).
  • La Constitución Política del Perú (ver PDF). Su artículo 65 define los derechos de los consumidores y usuarios.
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