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En este post analizamos el artículo 15 de la Ley 29571 Código de protección y defensa del consumidor peruano.
Este artículo del Código de protección y defensa del consumidor forma parte del lote de artículos (12 al 17) dedicados a la protección del consumidor frente a la publicidad de los comerciantes, proveedores y vendedores. En particular, sobre la publicidad y funcionamiento de las promociones basadas en sorteos, canjes y concursos.
Artículo 15 del Código de protección y defensa del consumidor
El artículo 15 del Código de protección y defensa del consumidor de Perú está dentro del Título primero de esta, dedicado a los «derechos de los consumidores» y a la «relación consumidor-proveedor».
La redacción literal de este artículo 15 de la Ley 29571 es esta:
Artículo 15.- Sorteos, canjes o concursos
En el caso de sorteos, canjes o concursos se procede de acuerdo con el Reglamento de Promociones Comerciales y Rifas con Fines Sociales, aprobado mediante Decreto Supremo núm. 006-2000-IN, o con las normas que lo sustituyan.
Promociones comerciales
Las promociones comerciales son propuestas ventajosas para el consumidor que los proveedores lanzan en determinadas épocas del año para que nos animemos a comprar. Su publicidad debe aclarar la duración de la promoción y cualquier otro condicionante o limitación que debamos conocer (artículo 14 de la Ley 29571).
Legalmente, una promoción comercial es (art. 5 Decreto Supremo núm. 010-2016-IN):
Mecanismo o sistema que adopta el agente mediante el ofrecimiento de premio o premios, bajo las modalidades de sorteos, concursos, venta – canje, canje gratuito, inserción de premios, instalación o verificación del sistema, programa o aplicativo informático, premiaciones aleatorias, combinaciones de las anteriores o cualquier otra modalidad similar, con el propósito de incentivar la venta de sus productos o servicios, cuyo desarrollo incluye todas las actividades conducentes a lograr el propósito antes mencionado.
Asimismo, constituye promoción comercial los mecanismos o sistemas que adopta el agente con el fin de promover que sus integrantes o participantes cumplan con las prestaciones que le corresponden como tales, o fidelizar su integración en un determinado grupo de interés.
No constituye promoción comercial la disminución o rebaja del precio regular de un producto o servicio, el ofrecimiento de más de un producto o servicio con el precio de venta equivalente a una unidad del mismo o cualquier otra modalidad de naturaleza similar, así como, la acumulación de puntos para la adquisición de productos o servicios indeterminados.
Un ejemplo de promoción comercial puede ser una rebaja en el precio habitual. O comprar más cantidad de producto por el mismo precio. O llevarse 2 unidades por el precio de una.
O, como describe el artículo 15 de la Ley 29571, participar en un sorteo, canje o concurso por el mero hecho de comprar.
Sorteos, canjes y concursos
Volviendo al artículo 15, este dice que estas promociones se regulan por el Decreto Supremo núm. 006-2000-IN, o por las normas que lo sustituyan.
Y el Decreto Supremo núm. 010-2016-IN. Reglamento de Promociones Comerciales, Rifas con Fines Sociales y Colectas Públicas (ver online), es la norma que actualiza el anterior DS 006-2000-IN.
Cualquier de estas promociones lanzada por una persona física o jurídica (se conoce como “agente”) debe contar con la autorización de la Oficina Nacional de Gobierno Interior (ONAGI).
Sorteo
Para la ONAGI un sorteo es:
Modalidad de promoción comercial en la cual interviene el azar para elegir a uno o varios ganadores, quienes participan de acuerdo a las bases, condiciones o mecanismos previamente establecidos por el agente, el cual se desarrolla mediante la selección de cupones, tickets, bolillas u otros similares o en forma virtual a través de sistemas, programas o aplicativos informáticos.
Canje gratuito
Un canje gratuito es:
Modalidad de promoción comercial mediante la cual se obtiene un premio, a cambio del cumplimiento por parte del participante de una condición previamente establecida por el agente, pero sin la exigencia de pago alguno.
Concurso
Finalmente, un concurso es:
Modalidad de promoción comercial a través de la cual se participa en una competencia de acuerdo a las bases, condiciones o mecanismos previamente establecidos por un agente, a efectos de determinar a un ganador o varios ganadores según sus habilidades, destrezas o criterios de evaluación del jurado, pudiendo incluso intervenir el azar para la selección de semifinalistas, finalistas o ganadores.
El concurso debe desarrollarse dentro del marco de valores y principios que no afecten la moral ni las buenas costumbres, ni se ponga en riesgo la integridad física de sus participantes, de acuerdo a lo consagrado en la Constitución Política del Perú.
Título primero del Código de protección y defensa del consumidor
Comprende los artículos a lo largo de los siguientes capítulos:
- Capítulo I Derechos de los consumidores (artículo 1).
- Capítulo II Información a los consumidores.
- Capítulo III Idoneidad de los productos y servicios (artículos 18, 19, 20, 21, 22, 23 y 24).
- Capítulo IV Salud y seguridad de los consumidores.
- Capítulo V Protección de los intereses sociales y económicos (artículos 38, 39, 40, 41, 42, 43 y 44).
Normativa estatal de protección de los consumidores peruanos
La principal norma de defensa de los consumidores y usuarios es:
- La Ley 29571 del Código de protección y defensa del consumidor, de 1 de septiembre de 2010 (ver PDF).
- La Constitución Política del Perú (ver PDF). Su artículo 65 define los derechos de los consumidores y usuarios.